martes, 28 de mayo de 2013

Sin letra pequeña...

 ¿ Porque todas las Ofertas de las Compañías multinacionales de Telefonía tienen mas letras pequeñas que grandes en los contratos ? 
En la mayoría de los casos las Ofertas contienen mas condiciones ocultas que ventajas visibles a simple vista.  Permanencias ampliadas, consumos mínimos, modificaciones del precio a los pocos meses, penalizaciones por devoluciones bancarias, bonos incluidos que son gratuitos solamente durante dos primeros meses, etc..


¿ Porque no dicen las condiciones claramente desde el principio ?
Les interesa compensar a quién reclame condiciones abusivas porque la gran mayoría de clientes no reclama. Utilizan publicidad engañosa sin importarles lo que luego los clientes opinen limitando las Ofertas a un número de clientes pequeñísimo
.

¿ Porque si te van a dar 6 megas de velocidad te dicen que te dan hasta 30 y en letra pequeña te garantizan el 10% de lo ofertado ?

Al no disponer de red propia están totalmente limitados por la obsoleta red de par de cobre de Telefónica. Esta red tiene poca capacidad y esta saturada al mover cantidades de datos enormes de voz y conexiones de Internet de todos los operadores. La velocidad que ofrecen no depende directamente de ellos si no de la red compartida y saturada.


 ¿ Porque se empeñan en imponer permanencias ? 

 Necesitan imponer permanencias porque si ellas no serían rentables sus contratos. Al hacer Ofertas por debajo de su precio de coste se ven obligadas a mantener el contrato en el tiempo para poder amortizar las inversiones.



¿ Es justo que te penalicen con casi más euros de los que te subvencionaron ?

En otra entrada de este blog hablamos de como "como romper la permanencia con tu operador". No es justo que te penalicen con mas importe del subvencionado, ya sea por un aparato o una instalación. Si llegado el caso tienes que reclamar estamos seguros que conseguirás librarte de ella. 



En la Telefonía móvil es mas normal la existencia de letra pequeña.
Esto es cierto porque hay mas información que aportar. Minutos, cantidad de datos y precios una vez superados estos es totalmente necesario para que el cliente conozca la Oferta presentada. Pero no tiene porque ser "letra pequeña" con que sea clara y legible es suficiente siempre que no haya nada que ocultar...

lunes, 20 de mayo de 2013

Internet en España en 10 cifras...


  1.- Nueve millones de personas nunca han navegado. En España hay 9,21 millones de personas que nunca han navegado por Internet. El 26,7 % de los Españoles de entre 14 y 74 años.


  2.- Más de 17  millones de Internautas diarios. En España se conectan a diario casi la mitad de la población de entre 16 y 74 años.

  3.- Mandar y recibir mails, el uso mas común. Los españoles navegan con cuatro fines: mandar o recibir correos electrónicos, buscar información sobre bienes y servicios, leer o descargar información de diarios y revistas online, e interactuar con redes sociales.


  4.- Somos lideres europeos en Internet Móvil. Casi 7 de cada 10 personas que tienen un móvil disponen de Internet en su terminal. El 80% de los teléfonos comprados en Diciembre de 2.012 fueron smartphones.

  5.- Una línea de Banda Ancha por cada cuatro personas. España cerró 2.012 con 11,4 millones de líneas de Banda Ancha. De ellas la mitad tenía contratada una velocidad de entre 4 y 10 megas mientras que solo el 10,2% tienen contratada una velocidad superior a 30 megas.



  6.- España, fuera del top ten del comercio electrónico. Por volumen de compradores España sería el undécimo pais del mundo.



  7.- La moda de la Red Wifi. Hay 22 millones de personas que navegan a través de redes wifi.El 82% del tráfico de los teléfonos inteligentes se produce a través de Redes Wifi frente a 18% de la Red 3G.







  8.-El 4 G llega mas tarde que a Rumanía. Las redes móviles de cuarta generación 4 G llegará a España a partir de Julio. 

  9.- Adictos a las Redes Sociales. Ocho de cada diez internautas españoles están presentes en alguna plataforma como Facebook, Twiter, Tuenti...

10.- La Red del Futuro será 3D. Internet se encamina hacia una mayor interactividad y las tres dimensiones.

lunes, 13 de mayo de 2013

¿ Porque el Futuro está en la Fibra Óptica ?


 .- Un cable de Fibra Óptica equivale a 110 hilos de cobre. Un hilo de cobre envía señales eléctricas sin embargo la Fibra Óptica transmite luz mejorando no solo la velocidad si no también la calidad de la Conexión. Esto garantiza que la velocidad no disminuye según avanza la red, cosa que si que ocurre con las redes solamente de cobre.

  .- La Fibra Óptica de TBS te garantiza al máximo la velocidad contratada porque no se comparte con otros operadores...

  .- TBS tiene desplegada una red con más de 20 nodos de Fibra Óptica repartidos en más de 20 Km de red de Fibra Óptica en Tomelloso. Gracias a la cual a partir de ahora podemos ofrecer conexión de Fibra Óptica hasta el abonado (FTTH).



.- Al no verse afectada por interferencias eléctricas o electromagnéticas, ni por cambios bruscos en la temperatura, la Fibra Óptica es menos propensa a caídas en la conexión o bajadas de velocidad.

  .- Escucharás música o ver películas sin problemas en Streaming, es decir sin necesidad de descargarlas en tu ordenador. Puedes hacerlo al mismo tiempo que navegas y sin que la velocidad de tu conexión se vea afectada.

  .- La Fibra Óptica no presenta inconvenientes como desincronizaciones o cortes en el vídeo o voz por lo tanto es perfecta para realizar videoconferencias.

viernes, 3 de mayo de 2013

Como romper la permanencia con tu operador móvil sin pagar...




  • 1La obligada permanencia.

    Cuando estableces un contrato con una operadora de telefonía móvil te atas también a un compromiso de permanencia. Normalmente suele ser de 18 meses y si no cumples con el trato, serás multado.
    Lo que muchos usuarios no saben es que existen mecanismos para no tener que pagar al marcharse de la compañía antes de tiempo. Todo se reduce a un incumplimiento grave del contrato por parte de la operadora y tu bolsillo no se resentirá.
  • 2¿Qué es un incumplimiento grave del contrato?
    El incumplimiento grave del contrato puede producirse por diferentes motivos. Todos dejan en una situación de indefensión al consumidor, pero los más habituales son:

    - Cambio en la tarifa

    - Alta en servicios sin consentimiento del cliente
    - Cobro de llamadas no realizadas
    - Falta de cumplimiento de alguno de los compromisos pactados. Esto puede traducirse en una deficiencia de la calidad pactada, por ejemplo en servicios de navegación por internet.
    Si se produce alguna de estas situaciones, el usuario tendrá derecho a abandonar la compañía sin ser penalizado por ello.
  • 3Un mes para avisar al usuario.

    Todas las compañías tienen la obligación de avisar con un mes de antelación sobre cualquier cambio sustancial que vayan a aplicar en tu contrato. "Durante este tiempo, el usuario tiene la posibilidad de aceptar las nuevas condiciones o de darse de baja", explica Antonino Joya, responsable de comunicación de la OCU. "El cambio en las condiciones se suele comunicar a través del correo electrónico o en la propia factura", advierten desde la OCU.

    Si las operadores no cumplen con este plazo, también será un motivo al que el usuario se puede aferrar si desea abandonar su contrato sin ser penalizado.
  • 4La devolución del móvil.
    "Si decides abandonar a tu operador móvil por un cambio en las condiciones de contrato, debes saber que también tienes derecho a reclamar el importe de tu teléfono móvil. No obstante, si fue la compañía la que te regaló el aparato, deberás devolverlo", explica Rubén Sánchez, portavoz de Facua.
  • 5La penalización.
    La penalización al usuario por no cumplir con el compromiso de permanencia suele oscilar entre los 250 y los 350 euros.

    Desde Facua aclaran que "la penalización tiene que ser equivalente al descuento que te han aplicado en el móvil que te venden; cómo máximo debe corresponder al valor de mercado del móvil".

    En cualquier caso, "la penalización se prorratea a la baja por cada mes que vaya pasando", asegura el portavoz de esta organización. Si por ejemplo deseas darte de baja cuando llevas 17 meses de contrato, sólo tendrías que pagar la décimo séptima parte de la penalización total.
    La OCU señala también que "la penalización se tiene que calcuar propocionalmente al tiempo que has permanecido en la compañia" y afirma que "muchos tribunales ya tienen en cuenta estas distinciones".



  • 6¿Cómo debes actuar?
    "Deberás comunicar a la compañía telefónica, dejando constancia de ello a través de correo electrónico, burofax o fax con reporte, detallan desde CEACCU.

    En tu reclamación no puede faltar:

    - Tu voluntad de poner fin al contrato.
    - El motivo.
    - Instar a la compañía de que se abstenga de hacerte cualquier tipo de cargo como penalización o de incluirte en fichero de solvencia patrimonial.
  • 7Y si la compañía insiste en cobrarte la penalización...

    Entonces podrás ordenar a tu banco la devolución del recibo. Y si se te ha pasado el plazo, podrás reclamar directamente en el juzgado, sin necesidad de contratar abogado o procurador.